La inteligencia artificial (IA) está transformando radicalmente el panorama creativo, abriendo un debate crucial sobre la propiedad intelectual. Si usas herramientas de IA para generar arte, diseñar productos o incluso para optimizar modelos de negocio, seguramente te has preguntado: ¿realmente soy el dueño de estas creaciones? La respuesta, como suele ocurrir en estos casos, no es sencilla.
Un territorio legal en evolución
Expertos coinciden en que los derechos de autor en relación con la IA se encuentran en una especie de “zona gris”. Tradicionalmente, las leyes protegían las creaciones humanas, pero la IA plantea un desafío al basarse en vastas cantidades de información previamente creada por la humanidad. ¿Qué parte de una obra pertenece al autor humano y qué parte a la IA?
Manuel Morante, abogado experto en propiedad intelectual, señala que la ley mexicana, que data de 1996, solo reconoce a las personas físicas como autores de obras literarias o artísticas. En este contexto, la IA se considera una herramienta, similar a un pincel o una pluma, al servicio de la creatividad humana.
El caso que llegó a la Suprema Corte
Un caso reciente en México ilustra la complejidad del asunto. Gerald García Báez, CEO de Businessadvocacy, solicitó el registro de un avatar generado con IA a partir de fotografías e instrucciones proporcionadas por él. Buscaba que se reconocieran los derechos de autor a la IA, llamada “Leonardo AI”.
Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó la protección legal al avatar, argumentando que no fue creado por una persona física, requisito indispensable para la autoría. La corte incluso insinuó que las obras generadas por IA podrían considerarse de dominio público, generando confusión y la necesidad de una aclaración posterior.
Más allá del resultado del caso, Morante destaca la importancia de que este tema haya llegado a la SCJN, ya que impulsará la regulación y legislación en torno a la IA y su impacto en los derechos de autor.
La perspectiva de la industria y los ‘prompts’ creativos
Esteban Constante, exdirector de marketing de “Leonardo AI”, difiere de la resolución de la Suprema Corte. Argumenta que existe una intervención humana sustancial en la creación de imágenes con IA, especialmente en la elaboración de los *prompts* o instrucciones que se le dan a la IA. Constante compara esta situación con la contratación de un *ghostwriter*: los derechos de autor pertenecen al cliente que aporta las ideas, no al escritor.
La postura legal: apegada a la ley, pero con margen de evolución
José Alberto Soto, abogado especialista, afirma que la resolución de la Suprema Corte se alinea con la ley mexicana actual, que solo reconoce a las personas físicas como autores. Sin embargo, admite que podrían surgir cambios para adaptarse al uso de la IA. Soto no descarta ajustes legales para permitir la transferencia de derechos patrimoniales en obras con intervención de IA, aunque señala que el gran reto será documentar el grado de participación humana en el proceso creativo.
Estados Unidos a la vanguardia
En Estados Unidos, la Oficina de Derechos de Autor (USCO) ya ha aceptado registrar una imagen generada con IA, reconociendo la intervención humana en su creación. Sin embargo, mantiene el criterio de que una obra generada 100% por IA no puede recibir derechos de autor.
La clave: distinguir entre obras hechas “con” IA y “por” IA
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) también analiza este dilema y señala que no se puede proteger una obra generada íntegramente por IA. Sin embargo, sí puede protegerse un producto creado *con* IA cuando hay una selección, montaje o modificación hecha por una persona, siempre que tenga un grado suficiente de originalidad.
El futuro legal de la IA: un camino por recorrer
El debate sobre los derechos de autor de las obras creadas con IA apenas comienza. A medida que la tecnología avance y la IA adquiera mayor autonomía, surgirán nuevas preguntas sobre su capacidad para reclamar derechos de autor o incurrir en delitos como el plagio.
Por ahora, la ley mexicana se mantiene firme en reconocer solo a las personas físicas como autores. Sin embargo, es probable que veamos cambios legislativos en el futuro para adaptarse a la creciente influencia de la IA en el mundo creativo.
Fuentes:
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